Otra alternativa al Contrato de formación y aprendizaje
En vistas a las dificultades que nos imponen diariamente desde el Servicio Canario de Empleo a la hora de gestionar las autorizaciones que se requieren para iniciar un Contrato de formación y aprendizaje (un mes, resuelve con silencio administrativo positivo), se está poniendo en marcha a través de las escuelas de formación, campañas para fomentar el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa.
A diferencia del Contrato de formación y aprendizaje, no es necesario solicitar una autorización al SCE, el alta es inmediata.
Este tipo de contrato tiene las siguientes características:
Requisitos generales:
Existe un requisito que se debe cumplir en todos los casos, y es que el trabajador sea menor de 30 años y esté inscrito como demandante de empleo.
Además, deberá cumplir al menos UNO de los siguientes:
- No tener experiencia laboral o que ésta sea inferior a 3 meses.
- Proceder de otro sector de actividad.
- Que sea desempleado de larga duración, de manera ininterrumpida, durante al menos 12 meses en un periodo de 18.
- Carecer de titulo oficial de educación (E.S.O. F.P. o Certificación Profesional)
- Beneficiario del Sistema de Garantía Juvenil.
A éste tipo de contrato se pueden acoger tanto empresas como autónomos, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- No haber despedido de manera improcedente en los 6 meses anteriores a la contratación.
- Se deberá mantener el empleo alcanzado con la contratación (para evitar el efecto sustitución), como mínimo, durante la vigencia del contrato.
- La dimisión, jubilación, despido procedente, terminación de obra o servicio, terminación de la causa convenida para un contrato de duración de
Características del Contrato
- Los contratos a los que se puede aplicar esta modalidad: indefinido, por obra o servicio, eventual por circunstancias de la producción o contrato de interinidad.
- Jornada: la jornada máxima contratada será del 50% de la jornada ordinaria a tiempo completo.
- Incentivo: reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante un máximo de 12 meses: 75% de reducción para empresas de más de 250 trabajadores y 100% para el resto.
- Coste salarial mínimo
- Alta inmediata.
- Duración del incentivo: 12 meses, prorrogado otros 12 meses adicionales siempre que se acredite por el trabajador la realización de la formación referida, también, en ese segundo año o en los 6 meses inmediatamente anteriores a la renovación.
- Ámbito temporal: medida acordada hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%.
- El trabajador debe realizar una formación de 90 horas que además es bonificable para la empresa en su totalidad.
- Formación acreditable o procedente de una convocatoria de los servicios públicos de empleo.
- Formación en idiomas o tecnologías de la información y la comunicación de una duración mínima equivalente a los certificados de nivel 1 (90 horas), impartida por Empresas acreditadas por el SCE.
Es evidente que la opción de un Contrato de Formación y Aprendizaje no es desacertada, sobre todo por sus beneficios a largo plazo, y a la importancia del incentivo que se obtiene al realizar una transformación a indefinido del trabajador, pero si lo que buscas es algo inmediato que no suponga un coste extra a la empresa, esta modalidad de contrato es para tener en cuenta.