Actualizado en abril de 2026.
La ZEC genera dudas muy concretas que los artículos generales sobre el régimen no siempre resuelven: ¿puedo tener teletrabajadores fuera de Canarias? ¿las operaciones triangulares cuentan para el 4%? ¿cuándo empieza a computar el empleo? ¿puedo combinar ZEC y RIC?
Este artículo recoge las preguntas más frecuentes que el equipo de BIPLAZA ha trasladado directamente al equipo técnico del Consorcio de la ZEC, así como otras preguntas habituales en nuestros procesos de asesoramiento. Las respuestas del Consorcio están identificadas como fuente primaria.
Las dudas que aparecen en este artículo son exactamente las que se plantean en los procesos de inscripción ZEC. No hay preguntas teóricas — todas tienen impacto práctico en la viabilidad del proyecto, el cómputo del empleo o la correcta aplicación del tipo del 4%.
PUNTOS CLAVE DEL ARTÍCULO
- Una entidad ZEC puede tener actividades fuera de Canarias, pero con contabilidad separada y sin aplicar el 4% a esas operaciones. El principio de estanqueidad geográfica permite operar fuera del archipiélago a través de establecimientos permanentes. Esas operaciones no tributan al 4% — tributan al tipo que corresponda. La obligación es comunicarlo al Consejo Rector y llevar contabilidad separada.
- Los teletrabajadores computan para el empleo ZEC si residen y trabajan desde Canarias. La condición es que estén circunscritos al ámbito geográfico de Canarias. Un empleado que teletrabaja desde la Península no computa para el requisito mínimo.
- Las operaciones triangulares están permitidas desde el 1 de enero de 2023, con condiciones. La operación debe organizarse, dirigirse, contratarse y facturarse desde Canarias, y el 90% de sus gastos operativos deben corresponder a medios radicados en el archipiélago.
- El cómputo del empleo no empieza el día de la inscripción en el ROEZEC, sino seis meses después. El requisito de empleo mínimo debe cumplirse en los seis meses siguientes a la notificación de la inscripción, no desde el primer día.
Preguntas respondidas por el equipo técnico del Consorcio de la ZEC.
Las seis preguntas siguientes fueron trasladadas directamente por el equipo de BIPLAZA al equipo técnico del Consorcio de la Zona Especial Canaria. Sus respuestas tienen el valor de la interpretación oficial del organismo que gestiona el ROEZEC.
¿Puedo desarrollar parte de la actividad económica fuera de la ZEC sin acogerme a los incentivos del régimen y así tener dos tipos impositivos en el IS?
A) Empresa ZEC llevando a cabo actividades no ZEC. Según el artículo 31 de la Ley 19/1994, solo son inscribibles en el ROEZEC las empresas que cumplan los requisitos del punto 2 de ese artículo. Una entidad ZEC solo puede desarrollar actividades previamente autorizadas ZEC, una vez concedida la autorización del Consejo Rector. El objeto social de la entidad ZEC solo incluirá actividades autorizadas ZEC.
B) Empresa ZEC con establecimientos permanentes fuera del ámbito de la ZEC. Según el artículo 39 del Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1994, el principio de estanqueidad geográfica permite que las entidades operen dentro y fuera del ámbito de la ZEC. Una entidad ZEC puede crear establecimientos permanentes para el desarrollo de sus actividades dentro y fuera de Canarias, con la obligación de comunicar por escrito al Consejo Rector la apertura del nuevo establecimiento. Esos establecimientos deben llevar contabilidad separada y aplicar el tipo impositivo que corresponda — que no será el 4% aplicable a la entidad ZEC.
¿Puedo tener teletrabajadores fuera de la Zona Especial Canaria?
Una entidad ZEC puede aplicar la normativa del teletrabajo siempre y cuando los trabajadores se circunscriban al ámbito geográfico de las Islas Canarias, independientemente de que estén teletrabajando. Es decir, una entidad ZEC debe cumplir que las actividades se desarrollan con medios humanos radicados en Canarias.
¿Cómo se calcula el número de empleados? ¿Y si inicio actividad a falta de tres meses para el cierre del ejercicio?
El plazo para cumplir el requisito de empleo empieza a contar a partir del día siguiente de la notificación de la inscripción de la empresa en el ROEZEC. A los seis meses de cumplir ese plazo, se debe contar con los puestos de trabajo, entendiendo un puesto de trabajo como el equivalente a una persona a tiempo completo. A partir de entonces cuenta la media anual ponderada en el primer año de inscripción, por el tiempo en que la empresa es entidad ZEC.
Ejemplo: si la empresa se inscribe el 01/10/20xx, a final de ese año no tenía que cumplir el requisito de empleo y por tanto NO ha incumplido ese requisito. Las actividades de una entidad ZEC deben desarrollarse con recursos humanos adscritos a la empresa (personal por cuenta ajena) y necesarios para el desarrollo de las actividades cuya autorización se ha concedido.
¿En qué puedo materializar el requisito de inversión? ¿Valen inmovilizados intangibles?
En términos generales, en los elementos patrimoniales recogidos en los grupos 20 y 21 del NPGC, es decir en activos no corrientes materiales e intangibles. Por lo tanto, se incluyen los activos intangibles. La inversión comprometida debe estar materializada en el plazo de dos años desde la notificación de la inscripción en el ROEZEC, siendo necesaria para el desarrollo de las actividades, y la actividad debe desarrollarse con elementos materiales en Canarias.
¿Qué pasa si tengo la sede en una isla menor pero empiezo a utilizar los puertos o aeropuertos capitalinos?
En ese caso debe comprometerse a cumplir los requisitos inherentes a isla capitalina — cinco empleados y 100.000€ de inversión mínima — y comunicarlo al Consorcio.
¿Se pueden realizar operaciones triangulares? ¿Es necesario que las mercancías entren en Canarias?
Sí, se puede desarrollar la actividad de comercio al por mayor en modalidad trading, operaciones triangulares, cumpliendo con la normativa vigente según disposición final séptima de la Ley 31/2022. Desde el 1 de enero de 2023 pueden incluirse en la base imponible al 4% las operaciones triangulares siempre que las operaciones comerciales se realicen en el ámbito geográfico de la ZEC:
- Organizarse, dirigirse, contratarse y facturarse desde Canarias.
- El 90% de los gastos de las operaciones deben corresponderse con medios materiales y humanos radicados en Canarias, excluidos el coste de las propias mercancías, transporte y tráfico de las mismas y otros gastos no asociados directamente con las operaciones.
Fuente: Equipo técnico del Consorcio de la Zona Especial Canaria, consultado por BIPLAZA.
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Otras preguntas frecuentes en nuestros procesos de asesoramiento
Las siguientes preguntas son las que con mayor frecuencia surgen en los análisis de viabilidad y procesos de inscripción que acompañamos desde BIPLAZA.
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la Solicitud de Autorización Previa?
El Consejo Rector dispone de un plazo máximo de dos meses para resolver la solicitud desde su recepción. Si en ese plazo no hay resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada. En la práctica, el Consorcio puede solicitar documentación adicional durante ese período, lo que suspende el plazo y lo reinicia una vez aportada. Con toda la documentación completa y una Memoria bien construida, la resolución suele producirse dentro de ese plazo de dos meses.
¿Qué diferencia hay entre la ZEC y el REF? ¿Son lo mismo?
No. El REF (Régimen Económico y Fiscal de Canarias) es el marco fiscal general del archipiélago que incluye múltiples instrumentos: la ZEC, la RIC, la DIC, el IGIC y otras ventajas fiscales. La ZEC es uno de esos instrumentos — el de mayor impacto para empresas con beneficios consolidados — pero no es el único. Una empresa puede beneficiarse de la RIC, la DIC y las deducciones reforzadas por I+D+i sin estar inscrita en la ZEC.
¿Puede una entidad ZEC distribuir dividendos a sus socios sin retención?
Las entidades ZEC no están obligadas a retener por los rendimientos del capital mobiliario que satisfagan. Los dividendos distribuidos a socios no residentes en España se distribuyen sin retención en origen, siempre que los beneficios provengan de operaciones ZEC y que el socio receptor no esté domiciliado en un paraíso fiscal. Los socios residentes en España tributan por esos dividendos en el IRPF según su régimen ordinario.
¿Una entidad ZEC puede ser socia de otra sociedad no inscrita en el ROEZEC?
Sí, sin restricciones. Lo que importa para el 4% es que los ingresos de la entidad ZEC procedan de sus propias operaciones en Canarias. Los dividendos recibidos de filiales o participadas se computarán en la base imponible general de la entidad ZEC, no necesariamente en la base imponible ZEC que tributa al 4%.
¿Qué pasa si una entidad ZEC quiere ampliar su actividad a un nuevo sector no incluido en su autorización?
Debe solicitar al Consejo Rector la autorización para la nueva actividad antes de empezar a desarrollarla, presentando una memoria descriptiva y demostrando que el nuevo sector encaja en el catálogo autorizado y que se seguirán cumpliendo los requisitos de empleo e inversión.
¿Puede una entidad ZEC acogerse simultáneamente a la RIC?
Sí, con condiciones. La RIC permite reducir la base imponible hasta el 90% de los beneficios no distribuidos antes de aplicar el tipo del 4%. La combinación es potente, pero está sujeta a los límites de acumulación de ayudas de Estado de la normativa comunitaria. La planificación técnica previa es imprescindible.
¿La ZEC aplica también al IRPF del empresario individual?
No directamente. La ZEC aplica al IS de una persona jurídica inscrita en el ROEZEC. Un empresario individual que tributa en el IRPF no puede beneficiarse del 4% en su actividad personal. Para acceder al régimen, debe constituir una sociedad — habitualmente una SL — que sea la entidad ZEC.
TE PUEDE INTERESAR | Zona Especial Canaria (ZEC): qué es, cómo funciona y si te conviene.
¿Tienes una pregunta que no está aquí?
La casuística ZEC es amplia y cada proyecto plantea dudas específicas. Si tu pregunta tiene que ver con el encaje de tu actividad, el cómputo del empleo en tu caso concreto, la interacción entre ZEC y el REF, o las implicaciones de la Circular 1/2024, la respuesta precisa requiere un análisis individualizado.
TE PUEDE INTERESAR | Constituir una empresa en la ZEC: el proceso completo, paso a paso.
Desde BIPLAZA resolvemos esas dudas como parte del proceso de análisis de viabilidad previo a cualquier solicitud ZEC. Como punto de partida más eficiente, te invitamos a descubrir nestra CALCULADORA ZEC, una herramienta gratuita que hemos creado para que puedas obtener una simulación preliminar y dar el primer paso hacia la optimización fiscal de tu negocio al 4% en Impuesto sobre Sociedades. Y si necesitas seguir avanzando, solicita una reunión informativa con nuestro equipo y permite que te sigamos acompañando.
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impositivo más bajo de Europa.
GLOSARIO DE TÉRMINOS CLAVE.
- Actividades no ZEC. Actividades económicas no incluidas en la autorización ZEC de la entidad, que no tributan al 4%. Una entidad ZEC que quiera desarrollarlas debe solicitarlo expresamente al Consejo Rector.
- Establecimiento permanente ZEC. Sucursal que una entidad ZEC abre fuera de Canarias. Debe comunicarse al Consejo Rector, lleva contabilidad separada y tributa al tipo general — no al 4%.
- Media anual ponderada de empleo. Método que promedia los empleados de la entidad a lo largo del ejercicio, ponderados por el tiempo de permanencia. Permite flexibilidad en la plantilla siempre que el promedio final no caiga por debajo del mínimo comprometido.
- Operaciones triangulares ZEC. Comercio mayorista en el que los bienes no transitan por Canarias, pero cuya gestión se centraliza en las islas. Autorizadas desde el 1 de enero de 2023 con los requisitos de la Ley 31/2022.
- ROEZEC. Registro Oficial de Entidades ZEC. La inscripción en el ROEZEC es el hito a partir del cual empieza a computar el plazo de seis meses para el cumplimiento del requisito de empleo mínimo.
- Teletrabajador ZEC. Empleado de una entidad ZEC que trabaja a distancia. Computa para el requisito mínimo si reside y trabaja desde el ámbito geográfico de Canarias.
IMAGEN | Sveta Fedarava para Unsplash


