Desde el pasado día 12 de julio son aplicables nuevos tipos de retención a cuenta del IRPF, tras la reforma efectuada por el Gobierno mediante el Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio.
Puede acceder al cuadro completo con los tipos de retención aplicables pulsando en el este enlace de descarga.
A continuación destacamos los principales tipos de retención a aplicar:
- Actividades profesionales: 15,00 %
- Actividades profesionales de nuevo inicio: 7,00 %
- Arrendamiento de inmuebles: 19,50 %