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Cómo y cuándo pasar de autónomo a sociedad.

Si tu negocio está creciendo, es posible que llegue un momento en el que debas considerar dar el salto y pasar de autónomo a sociedad. Así que en este artículo exploraremos las claves para saber cuándo es el momento adecuado para dar el paso y cómo hacerlo de manera efectiva.
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Si tu negocio está creciendo, es posible que llegue un momento en el que debas considerar dar el salto y pasar de autónomo a sociedad. Esta decisión no debe tomarse a la ligera, ya que implica una serie de cambios importantes en la forma en que diriges tu negocio y en tu relación con los clientes, proveedores y empleados.

Así que en este artículo exploraremos las claves para saber cuándo es el momento adecuado para dar el paso y cómo hacerlo de manera efectiva y exitosa.

¿Por qué pasar de autónomo a sociedad?

Existen varios motivos por los que un autónomo podría considerar pasar a constituirse como empresa:

  • Una de las principales ventajas de constituirse como empresa es la responsabilidad limitada, lo que significa una mayor protección de tus activos personales ya que los propietarios de la empresa no son personalmente responsables de las deudas de ésta. En cambio, como autónomo, eres personalmente responsable de las deudas de tu negocio, lo que significa que tus activos personales podrían estar en riesgo si tu negocio se encuentra en apuros financieros.
  • Las empresas tienen una mayor capacidad de financiación que los autónomos, al tener la capacidad de emitir acciones o emitir deuda para recaudar capital. Además de poder obtener préstamos con mejores condiciones que los autónomos.
  • Las empresas tienen la capacidad de crecer y expandirse más fácilmente que los autónomos. Las empresas pueden contratar empleados y delegar tareas, lo que permite a los propietarios centrarse en tareas estratégicas y de crecimiento.
  • Las empresas pueden tener una mayor estabilidad fiscal que los autónomos. Superado cierto volumen de beneficio anual, las empresas tienen la capacidad de obtener mejores condiciones fiscales que los autónomos.

Una de las ventajas principales si lo haces en Canarias es el aplicar el Impuesto de Sociedades en la Zona Especial Canaria (ZEC). Este es un beneficio exclusivo para las empresas constituidas en Canarias.

Si optas por constituir una sociedad limitada y esta es admitida en la ZEC, la tasa de Impuesto de Sociedades será solo del 4%, una diferencia sustancial en comparación con las tasas de hasta el 47% en el IRPF para los tramos más altos en el caso de un autónomo.

  • Más oportunidades de planificación fiscal. Al constituir una sociedad, tienes más flexibilidad para la planificación fiscal. Por ejemplo, puedes decidir cuánto te pagas a ti mismo en salario (que se deduce como gasto empresarial) y cuánto dejas en la empresa para reinvertir o distribuir más tarde en forma de dividendos, lo que podría resultar en un menor pago de impuestos.

Tipos de sociedad ¿Cuál es la más adecuada?

Seleccionar el tipo de sociedad más adecuado es una decisión importante que debe tomar cualquier persona que esté constituyendo una empresa en España. A continuación, te presentamos de manera muy resumida los diferentes tipos de sociedades disponibles:

Sociedad Limitada (S.L.): la Sociedad Limitada es el tipo de sociedad más común en España y es adecuada para pequeñas y medianas empresas. La responsabilidad de los socios está limitada al capital que han aportado a la sociedad. La SL requiere un capital social mínimo de 3.000 euros, y el número de socios puede ser de uno o más.

La S.L. tiene una estructura organizativa flexible y requiere menos capital social que otras formas de sociedad.

Sociedad Anónima (S.A.): la Sociedad Anónima es adecuada para empresas de mayor tamaño que necesitan captar grandes cantidades de capital. La responsabilidad de los socios está limitada al capital que han aportado a la sociedad. La SA requiere un capital social mínimo de 60.000 euros y el número de socios puede ser de uno o más.

La estructura organizativa de una SA es más compleja,
y los accionistas tienen una responsabilidad limitada.

La Sociedad Civil (S.C.): es una forma de organización empresarial en la que dos o más personas se unen para llevar a cabo una actividad económica de forma conjunta. En ella, los socios aportan bienes, derechos o trabajo, con el objetivo de repartirse entre sí las ganancias. Es importante saber que en una Sociedad Civil, a diferencia de las sociedades mercantiles, los socios responden de manera ilimitada con su patrimonio personal frente a las deudas de la sociedad.

Sociedad Laboral: la Sociedad Laboral es adecuada para empresas en las que los empleados tienen una participación activa en la gestión y propiedad de la empresa. Al menos el 50% del capital social debe ser propiedad de los empleados y el número de socios no puede ser inferior a tres.

Sociedad Cooperativa (S.C.): la Sociedad Cooperativa es adecuada para empresas en las que los socios tienen un objetivo común y trabajan juntos para alcanzar ese objetivo. Cada socio tiene un voto en la toma de decisiones, independientemente del capital que hayan aportado. El capital social mínimo requerido es de 3.000 euros.

La Sociedad Cooperativa (Scoop) promueve la colaboración y la participación activa de los socios. Los miembros tienen una responsabilidad limitada y comparten la propiedad y la gestión de la empresa.

Sociedad Comanditaria (S.C.): la Sociedad Comanditaria es adecuada para empresas en las que algunos socios tienen una responsabilidad limitada y otros tienen una responsabilidad ilimitada. Los socios con responsabilidad limitada no pueden participar en la gestión de la empresa. El capital social mínimo requerido es de 3.000 euros.

 

¿Qué más hay que tener en cuenta a la hora de pasar de autónomo a sociedad?

A la hora de seleccionar el tipo de sociedad adecuado, es importante considerar factores como el tamaño de la empresa, el número de socios, el capital que se necesita, la responsabilidad que se quiere tener, la participación de los empleados y el objetivo de la empresa.
Al decidir cambiar de autónomo a sociedad, es importante considerar tanto los aspectos fiscales, contables, laborales como jurídicos.

  • Desde el punto de vista fiscal.

Hay que tener en cuenta los impuestos que se aplican a cada forma de sociedad, así como las deducciones fiscales que se pueden aplicar algunas de ellas ya comentadas anteriormente

  • Desde el punto de vista contable.

La empresa está obligada a aplicar el Plan General de Contabilidad (PGC) para registrar y reportar sus transacciones financieras. Esto implica mantener una contabilidad ordenada, que refleje la imagen fiel del patrimonio, la situación financiera y los resultados de la empresa. Además, la S.L. debe elaborar anualmente las cuentas anuales, que incluyen el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria.

  • Desde el punto de vista laboral.

Es importante tener en cuenta que, si estás dando el salto hacia la constitución de una sociedad, se entiende que estás en proceso de crecimiento y esto suele implicar la contratación de empleados, lo que conlleva costos adicionales y obligaciones legales.

Estos costes laborales incluyen el salario bruto que recibirá el empleado, las cotizaciones a la Seguridad Social (que suelen ser aproximadamente un 30% del salario bruto), y la contratación de un seguro de accidentes laborales. Además, puede haber costes adicionales relacionados con la formación del personal, el equipamiento necesario para su puesto y, en algunos casos, beneficios sociales adicionales como seguros médicos privados o planes de pensiones. Todo esto debe ser considerado al presupuestar la contratación de nuevos empleados.

En cuanto a las obligaciones legales, se incluyen la contratación de trabajadores bajo la legislación laboral vigente, la cotización y pago de las contribuciones a la Seguridad Social, el cumplimiento de las normas de salud y seguridad en el trabajo y la realización de contratos de trabajo y nóminas conforme a las regulaciones laborales y fiscales.

También es importante considerar las obligaciones laborales que se deben cumplir como empleador: contratar un servicio de prevención de riesgos laborales, formar a tus empleados para el correcto desarrollo de sus funciones, desarrollar un Plan de Igualdad, implementar un Protocolo Antiacoso, llevar a cabo un Control Horario de cada trabajador,…

  • Desde el punto de vista jurídico.

Es importante conocer las obligaciones y responsabilidades legales que conlleva cada forma de sociedad. Es necesario tener en cuenta las normativas aplicables y las leyes que regulan cada forma de sociedad.

Si estás preparado para hacer evolucionar tu negocio hacia la constitución de una sociedad, puede que todos estos requisitos y obligaciones lleguen abrumarte, desde BIPLAZA estaremos encantados de ayudarte a llevar a cabo este proceso de una manera ordenada y segura. Te invitamos a contactar con nosotros para recibir asesoramiento profesional de la mano de nuestro equipo. Podrás contar con especialistas para seleccionar el tipo de sociedad adecuado y para llevar a cabo todos los procedimientos necesarios para constituir tu empresa.

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IMAGEN |  Jaye Haych para Unsplash
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