El mito de “paraíso fiscal” o confusiones legales ZEC o REF de Canarias.

Hablemos sobre las diferencias entre los incentivos fiscales y las confusiones legales de la ZEC y del REF en Canarias para dejar de pensar que las islas son un “paraíso fiscal”.
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Si alguna vez has oído hablar de la ZEC (Zona Especial Canaria) o del REF (Régimen Económico y Fiscal de Canarias), es probable que también te haya llegado algún rumor sobre que Canarias funciona como un “paraíso fiscal”. 

Tales creencias pueden surgir por desconocimiento o por confusiones legales. Por ello, en este artículo vamos a desmentir esos mitos y a explicar de forma clara en qué se diferencian los incentivos fiscales de la ZEC de los mal llamados “paraísos” para evadir impuestos.

¿Por qué se habla de “paraíso fiscal” cuando se menciona la ZEC?

  • Confusión con regímenes extraterritoriales. Uno de los principales baluartes de la ZEC, entre muchas de sus ventajas, es el tipo impositivo sobre el Impuesto de Sociedades al 4% frente al promedio del 21,3% en Europa que ofrece. Ante esto, la tendencia al escuchar “tipos reducidos de impuestos”, es asociar de inmediato con jurisdicciones opacas donde apenas se pagan tributos o ni se pagan, pero la realidad es que su fin es promover el desarrollo económico y social del archipiélago y la diversificación de su estructura productiva.
  • Falta de información: El REF y la ZEC son herramientas con mecanismos muy técnicos y su complejidad puede llevar a conclusiones erróneas. En este caso, se trata de tener incentivos fiscales supervisados y regulados por la Unión Europea que operan de manera transparente, apoyados en la ley.

La ZEC es un régimen completamente legal, supervisado por la UE y con reglas muy bien definidas y claras.

Teniendo esto claro de partida, continuemos desterrando mitos…

Mito #1: “Cualquiera puede instalarse en Canarias y pagar menos impuestos sin cumplir requisitos”

  • Realidad: Para disfrutar de las ventajas de la ZEC o de otros incentivos del REF, se deben cumplir requisitos muy específicos, como crear un número mínimo de empleos, realizar inversiones iniciales o desarrollar actividades económicas con sustancia real en el archipiélago.
  • Supervisión constante: Existen organismos que revisan las operaciones y el cumplimiento de los requisitos. Además, la propia Administración canaria y la Agencia Tributaria realizan inspecciones y controles.

→ Consejo: Antes de considerar la ZEC, lo primero es asegurarte de que tu actividad está contemplada en el listado oficial y cumple los requisitos. No basta con tener una “sucursal” vacía en Canarias: hay que generar valor y empleo real.

Mito #2: “En Canarias no se pagan impuestos”

  • Realidad: Otra de las confusiones legales ZEC y REF en Canarias: en las islas sí se pagan impuestos, aunque con tipos reducidos y otras ventajas aprobadas por la UE, pero eso no significa estar exentos al 100%.
  • Continúan vigentes otros tributos: Aparte del Impuesto sobre Sociedades, existen otros gravámenes que siguen aplicándose (IGIC, retenciones, etc.). Lo importante es que la estructura fiscal se ha diseñado para compensar la lejanía e insularidad, no para eludir impuestos.

→ Recuerda: La filosofía del REF y de la ZEC es impulsar el desarrollo económico de Canarias, fomentando la inversión y la creación de empleo, no permitir a las empresas “esconder” ingresos.

Mito #3: “La ZEC y el REF funcionan como una amnistía fiscal”

  • Realidad: Una amnistía fiscal implica dejar de perseguir ciertos incumplimientos pasados, lo cual no tiene nada que ver con los incentivos del REF. La ZEC, por ejemplo, concede beneficios fiscales en el presente/futuro, siempre cumpliendo la normativa y bajo supervisión.
  • Transparencia total: Las empresas adscritas a la ZEC deben entregar sus declaraciones y mantener su contabilidad en España. No hay nada de “borrón y cuenta nueva”.

→ Idea clave: Un “parche” para legalizar situaciones irregulares no existe en la ZEC. Si una empresa no cumple los requisitos legales, no puede pertenecer al régimen.

Mito #4: “Montar una empresa ZEC es un chollo con cero obligaciones”

  • Realidad: Las empresas ZEC tienen obligaciones específicas, como la creación de puestos de trabajo en Canarias y la inversión mínima de capital. También deben mantener la actividad principal en el archipiélago.
  • Compromiso de permanencia: Por norma general, se exige que la empresa permanezca y desarrolle su actividad en Canarias durante un tiempo mínimo. No es un “vengo, cobro y me voy”.

→ Conclusión: El régimen está pensado para impulsar la economía local y, si no se cumplen los requisitos, se pierden los beneficios.

Mito #5: “Al estar en Canarias, no hay supervisión”

  • Realidad: Tanto la ZEC como el REF en general están regulados por la legislación española y europea. En otras palabras, tienen un marco legislativo muy estricto.
  • Control por parte de la UE: La Comisión Europea revisa y valida periódicamente las condiciones del REF para asegurarse de que no vaya en contra de la libre competencia ni suponga una ventaja ilegal.

→ Dato curioso: La ZEC no es un invento aislado de las Islas Canarias, sino una herramienta diseñada y aprobada con la intervención de la UE para fomentar la convergencia económica en regiones ultraperiféricas.

Mito #6: “Solo los grandes magnates se benefician del régimen canario”

  • Realidad: Sí, hay grandes empresas que han aprovechado la ZEC, pero también pymes y startups. De hecho, buena parte del tejido empresarial en Canarias lo forman pequeñas y medianas empresas.
  • Beneficios para emprendedores: Emprender bajo la ZEC puede ser muy interesante para proyectos innovadores o con potencial de crecimiento que generen empleo de calidad.

→ Advertencia: Cada empresa es un mundo. Los requisitos y las ventajas varían según la actividad y la dimensión del proyecto.

Cuando hablamos de la ZEC o del REF, no hablamos de “trincheras fiscales”. Se trata de un régimen con base legal sólida, diseñado para compensar las desventajas de la insularidad y la lejanía de Canarias con respecto al continente. La idea es impulsar el tejido productivo local, atraer inversión y fomentar la innovación.

¿Te ha quedado alguna duda?
En nuestra Guía sobre la Zona Especial Canaria (ZEC) tienes más detalles sobre los requisitos y ventajas de este régimen. Si tu empresa está pensando en dar el salto a Canarias, te invitamos a contactar con profesionales que te ayuden a analizar si cumples los requisitos y qué beneficios podrías obtener de forma segura y transparente.

Con esto, esperamos que te quede clara la distinción entre un paraíso fiscal —algo totalmente opaco y ajeno al control de las autoridades— y la ZEC, un régimen especial que promueve la actividad empresarial en las Islas Canarias dentro del marco legal español y europeo.

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Glosario de términos básicos

Paraíso Fiscal: Territorio o país que ofrece exenciones fiscales a ciudadanos y empresas extranjeras, a menudo con un alto nivel de opacidad y poca o nula transparencia, lo que facilita la evasión de impuestos. El artículo desmiente que Canarias lo sea.

Régimen Económico y Fiscal (REF): Conjunto de medidas fiscales, económicas y de incentivos de carácter legal que se aplican en las Islas Canarias. No es una amnistía fiscal, sino un instrumento para compensar la lejanía y la insularidad del archipiélago.

Zona Especial Canaria (ZEC): Es una de las herramientas del REF, creada como una zona de baja tributación con el objetivo de fomentar la inversión y el desarrollo económico en las islas. Las empresas que se acojan a ella deben cumplir requisitos estrictos.

Evasión Fiscal: Acción ilegal de un contribuyente que oculta bienes o ingresos a la Hacienda Pública para pagar menos impuestos de los que le corresponden por ley.

Amnistía Fiscal: Medida gubernamental de carácter temporal que permite a los contribuyentes regularizar su situación tributaria declarando activos o rentas no declarados previamente, sin enfrentar sanciones, a cambio del pago de una cantidad reducida. El artículo aclara que el REF y la ZEC no son amnistías fiscales.

Tributación Mínima: Tipo impositivo reducido que se aplica a las empresas que operan bajo un régimen especial, como la ZEC, pero que sigue estando regulado y fiscalizado por la administración.

FAQs (Preguntas Frecuentes)

¿Son las Islas Canarias un paraíso fiscal? No. El artículo desmiente esta idea, ya que los regímenes fiscales de Canarias, como el REF y la ZEC, están completamente regulados por la legislación española y europea. Su propósito es compensar las desventajas de la lejanía y la insularidad, no la evasión de impuestos.

¿Es lo mismo la ZEC que el REF? No, son conceptos diferentes. El Régimen Económico y Fiscal (REF) es el marco legal general que incluye diferentes herramientas fiscales. La Zona Especial Canaria (ZEC) es una de las herramientas que forman parte del REF, creada específicamente como una zona de baja tributación con requisitos muy concretos.

¿Cualquier empresa puede beneficiarse de la ZEC o el REF? No. Para acogerse a los beneficios de la ZEC, las empresas deben cumplir con una serie de requisitos, como la creación de empleo, la realización de una inversión mínima y el desarrollo de una actividad principal en Canarias.

¿Qué tipo de empresas pueden aprovechar los beneficios del REF y la ZEC? Aunque a menudo se asocia con grandes corporaciones, el artículo aclara que estos regímenes fiscales también son accesibles y beneficiosos para las Pequeñas y Medianas Empresas (pymes) y las startups que cumplan con los requisitos establecidos.

¿Están estos regímenes fiscales sujetos a algún tipo de control? Sí. Tanto el REF como la ZEC son regulados por la legislación española y son supervisados y validados periódicamente por la Comisión Europea, garantizando su transparencia y legalidad.

IMAGEN | David Brooke Martin para Unsplash

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