En enero llega un nuevo calendario fiscal 2019. Después de la vorágine de las fiestas ya entramos en un nuevo periodo cargado de objetivos y, no lo vamos a negar, incertidumbres y nuevos retos.
Aunque pueda parecer que comienza la rutina, abordar el nuevo año a nivel empresarial también significa marcar nuevos objetivos y estructurar el panorama de todos los aspectos que afectan a nuestro día a día. Uno de ellos es estar al tanto del calendario fiscal 2019 y las obligaciones que tenemos como contribuyentes.
Tenemos ante nosotros 12 meses cargados de actividad y hay que organizar las fechas.
En España el año fiscal coincide con el año natural. Corresponde al periodo que va del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019.
En España el año fiscal coincide con el año natural. Corresponde al periodo que va del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019. Con el objetivo hacer frente a las novedades que pueda plantear la administración con respecto al calendario fiscal 2019, una de nuestras principales labores en el área de asesoría fiscal de BIPLAZA es ayudarte a organizar y planificar.
Con una correcta planificación fiscal, protegerás tu rendimiento contable a través del adecuado ejercicio anual.
No siempre todo es igual. Cada año puede haber determinadas modificaciones de leyes, introducción de cambios o nuevas ventajas fiscales. Nuestro trabajo como asesoría, es estar al tanto e informarte y orientarte en función a tus necesidades.
El calendario fiscal 2019, mes a mes
En el caso del calendario fiscal 2019, este es el panorama que se nos presenta mes a mes, con sus propias fechas clave desde el punto de vista fiscal:
¿Qué es qué dentro del calendario fiscal 2019?
A nivel general, los MODELOS que debemos presentar, establecidos según la normativa, nos permiten comprender la política fiscal que afecta a una persona, empresa o entidad.
A continuación definimos los más comunes, de aplicación trimestral:
- Modelo 420 |Utilizado para presentar autoliquidaciones por los sujetos pasivos que realicen operaciones en el régimen ordinario o general, así como en los regímenes especiales de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección y de las agencias de viajes, y no tengan la consideración de “grandes empresas”, o se hayan dado de alta en el Registro de Devolución Mensual.
- Modelo 421 | Destinado para la autoliquidación trimestral del Impuesto General Indirecto Canario (en adelante IGIC) por los sujetos pasivos del Impuesto acogidos al régimen especial simplificado.
- Modelo 130 | Modelo de declaración a presentar por aquellas personas físicas, empresarios y profesionales, que realicen actividades económicas en estimación directa, modalidad normal o simplificada en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. También deberán presentar este modelo, con las excepciones que se establecen en la normativa vigente, las personas físicas que realicen actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras en estimación directa, modalidad normal o simplificada.
- Modelo 131 | Es el modelo de pago fraccionado para los que se encuentren en estimación objetiva, también conocida como “módulos”. Dirigido a empresarios y profesionales que deben declarar el beneficios de su actividad económica y tributaria en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). También deberán presentar este modelo, con las excepciones que se establecen en la normativa vigente, las personas físicas que realicen actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras en estimación objetiva.
- Modelos 115 | Se trata de la autoliquidación de las retenciones IRPF por rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
- Modelo 111 | Modelo de presentación periódica a realizar por todas las personas físicas, jurídicas y demás entidades, incluidas las Administraciones Públicas, que estando obligadas a retener o a ingresar conforme rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.
- Modelo 123 | Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes). Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas.
Modelos a presentar dentro del calendario fiscal 2019 que debes tener en cuenta a nivel anual:
- Modelo 425 |El modelo 425, Declaración-resumen anual del Impuesto General Indirecto Canario, es una declaración tributaria recapitulativa que contiene las operaciones realizadas a lo largo del año natural relativas a la liquidación del Impuesto General Indirecto Canario (en adelante IGIC).
- Modelo 180 | Se trata del resumen anual de los rendimientos procedentes de determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes. Se corresponde con los rendimientos o retenciones ingresadas o declaradas en las correspondientes declaraciones mensuales o trimestrales del modelo 115.
- Modelo 190 | Se trata del resumen anual del modelo 111 que se entrega cada tres meses, que facilita la presentación de la declaración resumen anual de Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta..
- Modelo 193 | Declaración informativa para facilitar la presentación del Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre determinados rendimientos del capital mobiliario y de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes) sobre determinadas rentas.
- Modelo 182 | Es el modelos de declaración informativa en la que se relacionan los donativos, donaciones y aportaciones recibidas que den derecho a deducción por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por el Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
- Modelo 184 | Modelo para presentar por aquellas las entidades en régimen de atribución de rentas, tanto las constituidas en España como en el extranjero, que ejerzan una actividad económica o cuyas rentas excedan de 3.000 euros anuales. No deberán presentarlo por tanto las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero que obtengan rentas en territorio español sin desarrollar en el mismo una actividad económica, independientemente del importe de las rentas obtenidas.
- Modelo 347 | Se trata de un modelo meramente informativo, con la declaración de operaciones con terceros. No supone el pago o devolución de importe alguno, pero es necesario para informar a la Agencia Tributaria Estatal de las operaciones con terceros en las que se hayan superado los 3.005,06€ diferenciando las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios con carga de IVA durante el ejercicio anterior.
- Modelo 415 | Declaración anual de operaciones con terceras personas.
Otras fechas clave dentro del calendario fiscal 2019
En 2019 la campaña de la renta comienza el 2 abril hasta el 2 de julio. Estaremos pendientes.
¿Tienes alguna duda con respecto a alguna fecha o necesidad en base a todo lo expuesto? Estamos aquí para ayudarte y seguir de cerca tu calendario fiscal 2019. Como sabes, en BIPLAZA te ofrecemos un servicio personalizado de la mano de nuestro equipo de asesores.
Durante todo el año iremos actualizando la información más relevante, aunque si lo deseas, también podrás consultarlo a través de este enlace.