Renta 2025 en Canarias: novedades, plazos y deducciones para tu declaración.

Canarias es la comunidad autónoma con más deducciones autonómicas del IRPF: 28 en total que no aparecen en el borrador de Hacienda. En esta guía te explicamos las novedades de la Renta 2025.
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La campaña de la Renta 2025 arranca el 8 de abril de 2026 con varias novedades que afectan directamente a los contribuyentes. La más comentada es la nueva deducción de hasta 340€ para trabajadores con rentas bajas, pero no es la única: sube el tipo impositivo que grava la base imponible del ahorro que registra entre otras cosas las variaciones patrimoniales generadas por las ventas de inmuebles, o las ventas de acciones y criptomonedas, cambian los tramos impositivos generales autonómicos de Canarias, se amplían los mínimos personales y familiares, y las ayudas por catástrofes como la DANA quedan exentas.

Lo que pocos conocen es que Canarias sigue siendo la comunidad autónoma con mayor número de deducciones autonómicas del IRPF, hasta 28 deducciones específicas que no aparecen en el borrador de Hacienda y que muchos contribuyentes canarios no se aplican.

En BIPLAZA cada año elaboramos cientos de declaraciones de renta de empresarios, autónomos y particulares en Canarias, y cada año vemos los mismos errores: confirmar el borrador sin revisarlo, no aplicar las deducciones autonómicas canarias y desconocer los cambios normativos que afectan al ejercicio. Este artículo es nuestra guía para que no te pase.

Calendario de la campaña: fechas clave.

La Agencia Tributaria ha establecido el siguiente calendario para la campaña de Renta y Patrimonio 2025:

  • 11 de marzo de 2026: se abre el plazo para solicitar el número de referencia (casilla 505 de la Renta 2024) para acceder a los servicios de la campaña.
  • 8 de abril de 2026: arranca la campaña. Desde este día se puede consultar el borrador, revisar los datos fiscales y presentar la declaración por Internet a través de Renta Web en la sede electrónica de la AEAT.
  • 29 de abril de 2026: se abre el plazo para solicitar cita previa para la confección de la declaración por teléfono.
  • 6 de mayo de 2026: comienza la atención telefónica para la confección y presentación de la declaración, con asistencia personalizada de técnicos de Hacienda.
  • 29 de mayo de 2026: se abre el plazo para solicitar cita previa para atención presencial en oficinas.
  • 1 de junio de 2026: comienza la atención presencial en oficinas de la AEAT para la confección de la declaración.
  • 25 de junio de 2026: último día para presentar declaraciones con resultado a ingresar si se desea domiciliar el pago.
  • 30 de junio de 2026: fin de la campaña. Último día para presentar la declaración por cualquier vía.

Los sistemas de identificación para acceder al borrador son: certificado electrónico o DNI-e, sistema Cl@ve Móvil, o número de referencia facilitado por la AEAT. También se puede acceder a través de la app «Agencia Tributaria».

¿Quién está obligado a declarar en 2026?

Los umbrales de obligación de declarar se mantienen en líneas generales con el ejercicio anterior:

  • Contribuyentes con rendimientos del trabajo de un solo pagador: obligados si superan los 22.000 euros anuales.
  • Contribuyentes con dos o más pagadores: obligados si superan los 15.876 euros, siempre que la suma de los rendimientos del segundo y restantes pagadores exceda los 1.500 euros anuales.

Están obligados en todo caso los autónomos dados de alta en actividades económicas (independientemente de sus ingresos), los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y quienes hayan obtenido rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetos a retención que superen los 1.600 euros anuales.

Novedad 2025: los perceptores de prestaciones por desempleo dejan de estar obligados a declarar por el mero hecho de cobrar la prestación. Solo deberán hacerlo si superan los umbrales generales como cualquier otro contribuyente.

Matiz importante: aunque no estés obligado a declarar, puede interesarte hacerlo si la declaración te sale a devolver, especialmente si has tenido retenciones durante el año por trabajo o rendimientos del capital.

En Canarias, con las deducciones autonómicas disponibles, puede ocurrir que contribuyentes no obligados obtengan una devolución al aplicar deducciones autonómicas.


Las novedades estatales que afectan a todos los contribuyentes.

Nueva deducción de hasta 340€ para rentas bajas

Es la novedad estrella de esta campaña. Se introduce una deducción en la cuota del IRPF para trabajadores con rendimientos íntegros del trabajo procedentes de una relación laboral o estatutaria inferiores a 18.276 euros anuales, siempre que no tengan otras rentas superiores a 6.500 euros.

Esta deducción no cambia las retenciones mensuales ni aparece en la nómina. Su efecto se materializa exclusivamente en la declaración de la Renta.

Subida del tipo impositivo que grava la base imponible del ahorro

Los rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos) y las ganancias patrimoniales (venta de inmuebles, acciones, o criptomonedas) que se integran en la base imponible del ahorro y superen los 300.000 euros tributarán al 30%, frente al 28% del ejercicio anterior. 

El resto de los tramos se mantiene sin cambios: 19% hasta 6.000 euros, 21% hasta 50.000, 23% hasta 200.000 y 27% hasta 300.000.

Esta medida afecta principalmente a contribuyentes con patrimonios financieros elevados o con grandes ganancias patrimoniales.

Exención de ayudas por catástrofes

Las ayudas públicas destinadas a paliar daños derivados de la DANA o de los incendios forestales quedan exentas de tributación en el IRPF. Esto incluye ayudas directas a particulares, ayudas urgentes de comunidades autónomas para la reactivación económica y ayudas para la reparación de viviendas, enseres y vehículos en zonas afectadas.

Deducciones «verdes» que se mantienen

Se prorrogan para obras y adquisiciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2025 las deducciones por eficiencia energética en viviendas (entre el 20% y el 60% de los gastos según el tipo de obra) y la deducción del 15% por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, así como por la instalación de puntos de recarga.

Es relevante tener en cuenta que las ayudas del Plan MOVES III recibidas en 2025 tributan como ganancia patrimonial en la base general.

– Otras novedades estatales –

  • Las prestaciones por enfermedad recibidas a través de un seguro pasan a considerarse ganancia patrimonial integrable en la base general.
  • Se aplica una reducción del 30% para rendimientos excepcionales vinculados a actividades artísticas y propiedad intelectual, con un límite de 150.000 euros. 

Lo que cambia en Canarias.

Aquí es donde la declaración de un contribuyente canario se diferencia sustancialmente de la de cualquier otro territorio porque Canarias ha introducido cambios relevantes tanto en la escala autonómica como en sus deducciones propias.

Ampliación de mínimos personales y familiares

Una de las novedades más relevantes para las familias canarias: se ampliaron los mínimos por contribuyente, por descendientes, por ascendientes y por discapacidad. El efecto para la mayoría de los contribuyentes canarios con cargas familiares es positivo.

Deducción por adecuación de inmuebles para arrendamiento

Se modificó la deducción por gastos derivados de la adecuación de inmuebles destinados al arrendamiento como vivienda habitual. Esta deducción es particularmente relevante para propietarios canarios que estén acondicionando viviendas para ponerlas en el mercado de alquiler, una cuestión de máxima actualidad dado el contexto del mercado de vivienda en el archipiélago.

Nueva deducción por inversión en entidades de nueva creación

Se introduce una nueva deducción autonómica del 20% de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación. Es un incentivo pensado para fomentar la inversión privada en startups y emprendimiento canario.

Las 28 deducciones autonómicas canarias que deberías revisar.

Canarias cuenta con el catálogo más amplio de deducciones autonómicas de España. Según el manual práctico de Renta 2025 de la AEAT, los contribuyentes con residencia habitual en Canarias durante al menos 183 días del año pueden aplicar deducciones en las siguientes áreas:

  • Familia y dependencia: por nacimiento o adopción de hijos, por familia numerosa, por familias monoparentales, por acogimiento de menores, por familiares dependientes con discapacidad, y por contribuyentes con discapacidad o mayores de 65 años.
  • Vivienda: por inversión en vivienda habitual, por alquiler de vivienda habitual, por arrendamiento vinculado a dación en pago, por adecuación de inmuebles para arrendamiento, por puesta de viviendas en el mercado de alquiler, por primas de seguros de crédito para impagos de alquiler, y por obras de rehabilitación energética y de adecuación para personas con discapacidad.
  • Educación y formación: por gastos de estudios de educación superior fuera de la isla de residencia, y por gastos de estudios no superiores.
  • Salud y empleo: por gastos de enfermedad, por gastos de custodia en guarderías, por contribuyentes desempleados, y por cuotas a la Seguridad Social por contratación de empleados de hogar.
  • Donaciones y patrimonio: por donaciones ecológicas, por donaciones para rehabilitación del patrimonio histórico de Canarias, por donaciones culturales, deportivas y de investigación, y por donaciones a entidades sin ánimo de lucro.
  • Movilidad e inversión: por traslado de residencia a otra isla del archipiélago, por inversión en entidades de nueva creación, y por cantidades destinadas a restauración de bienes de interés cultural.

Cabe recordar que los gastos que generan deducción deben estar justificados con factura pagada por medios trazables (tarjeta, transferencia, cheque nominativo).

Errores frecuentes al presentar la Renta en Canarias.

En nuestra experiencia acompañando declaraciones cada campaña, estos son los errores que más se repiten entre los contribuyentes:

  • Confirmar el borrador sin revisar las deducciones autonómicas. El borrador de Hacienda no incluye automáticamente todas las deducciones canarias. Si no las marcas manualmente, pierdes el ahorro. Con 28 deducciones disponibles, la probabilidad de que al menos una te aplique es alta.
  • No declarar estando no obligado cuando la declaración sale a devolver. Muchos contribuyentes con rentas por debajo de los umbrales no presentan la declaración, sin saber que las retenciones practicadas durante el año, combinadas con las deducciones canarias, generarían una devolución.
  • Olvidar la deducción por gastos de estudios fuera de la isla. Es una de las más potentes (hasta 1.800€) y una de las menos aplicadas. Si tienes hijos estudiando en otra isla o fuera de Canarias, verifica si cumples los requisitos.
  • No incluir los gastos de enfermedad. Canarias permite deducir gastos sanitarios privados (consultas, tratamientos, dental, óptica) siempre que estén debidamente facturados y pagados por medios trazables.
  • Desconocer la deducción por alquiler de vivienda habitual, o la deducción por inversión en vivienda habitual si pagas hipoteca.

Cinco recomendaciones antes de confirmar el borrador.

→ Primera. Revisa tus datos fiscales antes de que se abra la campaña. Desde el 11 de marzo puedes acceder con tu número de referencia y comprobar que las retenciones, los pagadores y los rendimientos son correctos.

→ Segunda. Repasa una a una las 28 deducciones autonómicas. La AEAT publica el listado completo en su manual práctico de Renta 2025, y en BIPLAZA podemos ayudarte a identificar cuáles aplican a tu situación.

→ Tercera. Si has tenido dos o más pagadores durante el año (por cambio de empleo, combinación de nómina y prestación, etc.), presta especial atención. Es la situación que más frecuentemente genera declaraciones a pagar, y también la que más se beneficia de la nueva deducción de 340€ si tus ingresos totales son bajos.

→ Cuarta.si eres autónomo o tienes rendimientos de actividades económicas, no aceptes el borrador sin más. Los datos de actividad no siempre están correctamente reflejados, y las deducciones por gastos deducibles requieren revisión manual.

→ Quinta: no esperes al último día. Presentar la declaración en las primeras semanas de campaña acelera la devolución (si procede) y evita los problemas técnicos que suelen producirse en los días finales de junio.

Como hemos visto, la Renta 2025 llega con novedades relevantes tanto a nivel estatal como a nivel autonómico. La nueva deducción por rentas bajas, los cambios en las escalas tributarias, y la amplitud del catálogo de deducciones canarias hacen que este sea un ejercicio donde contar con un asesoramiento profesional puede marcar una diferencia real en el resultado.

En BIPLAZA, la campaña de la Renta forma parte de nuestro acompañamiento fiscal integral. Revisamos cada declaración con los datos fiscales del contribuyente, aplicamos todas las deducciones estatales y autonómicas que correspondan y verificamos que el resultado sea el más favorable posible dentro de la legalidad. Si prefieres que tu Renta la revise un equipo que conoce la fiscalidad canaria a fondo, estamos aquí.

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Preguntas Frecuentes (FAQs)

¿Me conviene presentar la Renta 2025 aunque no esté obligado? En muchos casos, sí. Si has tenido retenciones del IRPF durante el año, por ejemplo, por un contrato temporal, una prestación por desempleo o rendimientos del capital mobiliario, es posible que la declaración te salga a devolver. En Canarias, esto es especialmente habitual porque las deducciones autonómicas (gastos de enfermedad, alquiler, guardería, estudios) pueden generar una devolución que no obtendrías si no presentas la declaración. No presentarla cuando no estás obligado no tiene penalización, pero sí puedes estar renunciando a una devolución que te corresponde.

¿Las deducciones autonómicas canarias aparecen automáticamente en el borrador? No. La mayoría de las deducciones autonómicas de Canarias requieren que el contribuyente las marque manualmente en la declaración e introduzca los datos justificativos (importes, NIF del proveedor, etc.). El borrador de la AEAT recoge los datos fiscales que comunican los pagadores y entidades financieras, pero no tiene información sobre tus gastos de enfermedad, el alquiler que pagas o los gastos de guardería de tus hijos. Si confirmas el borrador sin revisar estas deducciones, las pierdes.

¿Qué pasa si presenté la Renta del año pasado con errores o sin aplicar deducciones que me correspondían?Puedes presentar una rectificación de la autoliquidación para corregir errores que te perjudicaron (por ejemplo, deducciones no aplicadas). El plazo general para solicitar la rectificación es de cuatro años desde el día siguiente al término del plazo de presentación. Esto significa que si no te aplicaste una deducción canaria en la Renta 2024, 2023 o 2022, todavía puedes rectificar y solicitar la devolución correspondiente. Es una de las gestiones que más frecuentemente realizamos en BIPLAZA por encargo de clientes que cambian de asesoría.

GLOSARIO DE TÉRMINOS CLAVE

  • Base del ahorro: parte de la base imponible del IRPF que incluye los rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos) y las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de activos (acciones, fondos, inmuebles, criptomonedas). 
  • Borrador de la declaración: propuesta de declaración que elabora la AEAT a partir de los datos fiscales que le comunican pagadores, entidades financieras y otros obligados tributarios. No incluye toda la información relevante por lo que debe revisarse antes de confirmarse. Aceptar el borrador sin revisión es el error más frecuente de la campaña.
  • Deducción autonómica: reducción en la cuota del IRPF establecida por cada comunidad autónoma dentro de sus competencias fiscales. No aparece automáticamente en el borrador de la AEAT. Canarias dispone de 28 deducciones autonómicas.
  • Deducción en cuota: reducción que se aplica directamente sobre el resultado final del impuesto. La nueva deducción de 340 euros por rentas del trabajo bajas es una deducción en cuota: no cambia la base ni las retenciones, sino que reduce directamente lo que se paga o aumenta lo que se devuelve.
  • Número de referencia: código facilitado por la AEAT que permite acceder al borrador y a los datos fiscales sin necesidad de certificado electrónico. Se obtiene con el NIF/NIE y la casilla 505 de la declaración del ejercicio anterior. Es la vía de acceso más sencilla para la mayoría de los contribuyentes.
  • Rendimientos del trabajo: todas las contraprestaciones o utilidades percibidas como consecuencia del trabajo personal o de una relación laboral. Incluyen salarios, pensiones, prestaciones por desempleo y prestaciones de la Seguridad Social. Son la fuente de renta más habitual y la que determina la obligación de declarar para la mayoría de los contribuyentes.

IMAGEN | Isac Ciobota para Unsplash

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