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Novedades en la Renta 2023 a tener en cuenta en 2024.

La Campaña de Renta 2023 comenzará a partir del 3 de abril y, como cada año, revisamos y analizamos los detalles a tener en cuenta a la hora de realizar la declaración.
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Desde el área de gestión fiscal de BIPLAZA, dedicamos este artículo a analizar las novedades de la renta respecto a ejercicios anteriores. Y te acompañamos, reparando en las principales cuestiones que hay que tener en cuenta a la hora de realizar nuestra declaración.

Obligación a declarar.

Como recordarás, en el ejercicio de 2022, el umbral de exención fiscal era de 14.000 euros. Para el ejercicio fiscal 2023, es importante comenzar señalando que el umbral de exención fiscal de los rendimientos del trabajo aumentará a 15.000 euros en los siguientes casos:

  • Si los rendimientos se obtienen de más de un pagador, y la suma total pagada por el segundo y sucesivos pagadores es superior a 1.500 euros.
  • Si se perciben pensiones compensatorias del cónyuge o pensiones alimenticias no exentas.
  • Si el pagador de los rendimientos del trabajo no está obligado a retener impuestos.
  • Si se perciben rendimientos brutos del trabajo sujetos a un tipo fijo de retención.

Para el resto de contribuyentes que perciben rendimientos del trabajo, es fundamental recordar que el umbral para declarar dichos rendimientos en la Renta 2023 se mantiene en 22.000 euros anuales.

También es importante señalar que los contribuyentes que perciban rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales estarán obligados a declararlos si el umbral conjunto es de 1.600 euros. Lo mismo se aplica a quienes perciban rendimientos del capital mobiliario, letras del Tesoro, subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o ganancias procedentes de ayudas públicas, con un umbral conjunto de 1.000 euros.

Cabe destacar que los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas o ganancias patrimoniales inferiores a 1.000 euros en total, o aquellos que hayan sufrido pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros, no estarán obligados a presentar declaración de la renta en ningún caso.

Icono criptomonedas para el post sobre Renta 2023 de Biplaza, consultoría y Asesoría de empresas en Canarias.

Tributación de las criptomonedas.

En 2021 se introdujo la obligación de declarar las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas por operaciones con criptomonedas. Nuevamente, para la declaración de la Renta 2023 la Agencia Tributaria ha avisado a aquellos contribuyentes que operan con criptomonedas que se ha incrementado la vigilancia sobre estas inversiones.

La Agencia Tributaria considera las criptomonedas, a efectos fiscales, como bienes inmateriales.

Las criptomonedas se definen como bienes, «computables por unidades o fracciones de unidades, que no son moneda de curso legal, pero que se utilizan como medio de pago al poder ser intercambiados por otros bienes, incluyendo otras monedas virtuales, derechos o servicios si se aceptan por la persona o entidad que transmite el bien o derecho o presta el servicio».

Por ello, todo el que haya obtenido beneficios operando con criptomonedas durante el ejercicio 2023 deberán reflejarlos en un apartado específico para criptoactivos, en concreto en el panel 18, siempre que estos hayan sido superiores a 1.000 euros, en caso de no haber obtenido otros rendimientos que le obliguen a presentar la declaración. Y la información que se solicita incluye:

  • El nombre del criptoactivo (bitcoin, ethereum, solana, polkadot…).
  • La clave (es decir, qué has hecho con dicho criptoactivo).
  • El valor de transmisión.
  • El valor de adquisición.

Las ganancias obtenidas tributan en la base imponible del ahorro con diferentes tipos impositivos. Pero hay que tener en cuenta que, si se han obtenido ganancias por encima de los 50.000 euros, será necesario cumplimentar el modelo 721. De no hacerlo, se expone a una multa de la Agencia Tributaria de hasta 200.000 euros.

Icono maternidad para el post sobre Renta 2023 de Biplaza, consultoría y Asesoría de empresas en Canarias.

Ayudas por maternidad.

De cara a la declaración de la Renta 2023, la deducción por maternidad de 1.200 euros para madres con hijos menores de tres años puede ser aplicada ya no sólo por las madres trabajadoras, sino también por las madres en situación de paro. Esta es una importante novedad ya que hasta ahora no podían cobrar esta deducción por maternidad aquellas personas que estuvieran desempleadas.
Además, dicha deducción permitía un incremento de 1.000 euros adicionales por gastos de guardería, siempre que sean centros educativos autorizados. Pues bien, dicho incremento ya puede ser aplicado también, aunque la guardería no sea un centro autorizado.

Icono coche electrico para el post sobre Renta 2023 de Biplaza, consultoría y Asesoría de empresas en Canarias.

Deducción vehículos eléctricos.

Aquellos contribuyentes que hayan adquirido un coche eléctrico enchufable a partir del 30 de junio de 2023, podrán deducirse en la Renta 223 un 15% del valor de adquisición con un máximo de 20.000 euros

Además, si también realizaste la instalación de un sistema de recarga a partir de la misma fecha, podrás deducir también un 15% de la cantidad satisfecha para su instalación con un máximo de 4.000 euros.

Icono canarias para el post sobre Renta 2023 de Biplaza, consultoría y Asesoría de empresas en Canarias.

Deducciones Comunidad Autónoma de Canarias.

En este ejercicio se mantienen las principales deducciones aplicables en la renta del año 2023 para los contribuyentes residentes en Canarias, que implican:

  • Donaciones a entidades sin ánimo de lucro.
  • Por gastos de guarderías, gastos de estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio.
  • Por gastos de estudios en educación superior.
  • Por traslado de residencia habitual a otra isla por motivos laborales.
  • Por nacimiento o adopción de hijos.
  • Por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años.
  • Por familia monoparental.
  • Por familia numerosa.
  • Por inversión en vivienda habitual.
  • Por obras de rehabilitación energética y reforma de vivienda habitual.
  • Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad.
  • Por alquiler de vivienda habitual.
  • Por gastos de enfermedad.
  • Por el alza de precios.

Icono vivienda para el post sobre Renta 2023 de Biplaza, consultoría y Asesoría de empresas en Canarias.

Información de la vivienda habitual.

Fue una de las principales novedades en la declaración del año 2020 y se ha mantenido desde entonces, pero desgravar por la vivienda habitual y aplicar deducciones por la compra, alquiler y rehabilitación requiere habilitar correctamente las deducciones en función a lo que se considera vivienda habitual a efectos fiscales.
Como extracto, la Agencia Tributaria y la Ley de IRPF recogen el concepto de vivienda habitual si cumplen:

  • Ser la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
  • Que el contribuyente la habite, de manera efectiva y con carácter permanente, en un plazo no superior a doce meses a contar desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras.
  • Asimilando a efectos de la deducción por vivienda habitual, las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con la vivienda, con un máximo de dos siempre que se encuentren en el mismo edificio o complejo y se entreguen en el mismo momento que la vivienda, que su adquisición se realice en el mismo acto que la misma y que sea utilizadas por el adquiriente sin que su uso esté cedido.

En el momento de obtención de tus datos fiscales, la Agencia Tributaria te pedirá que confirmes los datos de tu vivienda habitual, que incluye no sólo el domicilio, sino también la referencia catastral de tu vivienda y si pagas alquiler, el DNI o CIF del arrendador.

Para agilizar el proceso a la hora de recapitular toda la información, sobre todo a efectos de algunos datos que no nos son cotidianos, te recordamos que puedes encontrar la referencia catastral en los recibos del IBI, en escrituras de compraventa, escritura de herencia, documentación de registro de la propiedad o contrato de arrendamiento.

Icono documentación para el post sobre Renta 2023 de Biplaza, consultoría y Asesoría de empresas en Canarias.

DATOS FISCALES Y CAMPAÑA DE LA RENTA 2023 WEB

Para poder solicitar el borrador si has obtenido rentas de las siguientes clases, independientemente de cualquiera que sea su cuantía, necesitarás:

  • D.N.I. en vigor.
  • Importe de la casilla 505 de la declaración de la renta del 2022.
  • En caso de no haber realizado declaración de la renta el año anterior, los últimos cinco dígitos del IBAN de tu cuenta bancaria.

 

OTRA DOCUMENTACIÓN

Rentas del trabajo, incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos, así como, en su caso, las pensiones compensatorias recibidas del cónyuge.

Rentas del capital mobiliario sujetas a retención o ingreso a cuenta, como, por ejemplo, los intereses de cuentas y depósitos bancarios o los dividendos de acciones.

Pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o el reembolso a título oneroso de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva.

Rentas del capital mobiliario derivados de Letras del Tesoro.

Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, la renta básica de emancipación, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual y demás subvenciones, salvo las que tengan la consideración de rendimientos de actividades económicas.

Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles.

Rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario obtenidos por entidades en régimen de atribución de rentas, cuando estos hayan sido atribuidos a los socios, herederos, comuneros o partícipes.

 

Te ayudamos a gestionar la Campaña de Renta 2023, paso a paso.

La campaña de la Renta 2023 comienza el 3 de abril, hasta el 1 de julio y, como ya sabes, en BIPLAZA te ofrecemos nuestros servicios para poder presentarla de manera personalizada, atendiendo y analizando las novedades que te puedan afectar según tu actividad.

Seguimos apostando por la automatización, eliminando trámites y desplazamientos innecesarios si así lo deseas. 

Para comenzar, tan solo tienes que ponerte en contacto con nosotros o completar el formulario BIPLAZA de recopilación de datos iniciales para que podamos comenzar a el proceso de confección y presentación de tu Renta.

 

Imagen | Salah Ait Mokhtar para Unsplash

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