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La actividad empresarial, sea del tipo que sea, conlleva una serie de gastos deducibles. Un término que aún a día de hoy, genera alguna que otra incertidumbre a la hora de imputarlos en las declaraciones fiscales.
Ahora que estamos cerca de la apertura de la campaña de la Renta 2018, conviene refrescar un poco qué gastos son deducibles y cuáles no. Sobre todo a la hora de cuidar al detalle cada una de nuestras partidas y no incurrir en una sanción.
Hay que cuidar al detalle cada una de nuestras partidas de gastos deducibles para no incurrir en una sanción
En líneas generales, a nivel contable, tus ganancias son tus ingresos menos tus gastos. A nivel fiscal, solo se paga impuestos sobre las ganancias. De ahí que sea tan importante conocer los tipos de gastos deducibles que genera nuestra actividad empresarial.
Lo que hace que nuestros gastos deducibles a veces sea tan complejo, no son los impuestos en sí, sino las deducciones permitidas. Hay una gran variedad de gastos deducibles que puedes incluir para reducir los impuestos a medida que tu negocio crezca. Lo ideal es aprovechar tantos de ellos, como el margen legal lo permita.
Recordemos que fiscalmente se consideran gastos deducibles aquellos gastos necesarios e imprescindibles para el desempeño de una actividad profesional o empresarial.
- Lo primero que has de tener en cuenta es que estos gastos deben estar correctamente contabilizados y justificados, es decir, se ha de contar con una factura de los mismos.
- Todos los gastos deducibles deben estar reflejados y contabilizados en los libros de cuentas de Gastos e Inversiones.
Un buen sistema de registro te ayudará
a realizar un seguimiento de gastos adecuado.
Gastos deducibles para empresas
Según la Ley 27/2014 de Impuestos sobre Sociedades, por gastos deducibles se entiende “Todos aquellos que sean necesarios para desarrollar la actividad empresarial”
Para todos los empresarios, en relación al Impuesto de Sociedades, existen tres condiciones imprescindibles para clasificar a un gasto como deducible:
- El gasto ha de ser devengado o producido en el mismo período impositivo del que se trate. Aun así, según indica la Ley del Impuesto de Sociedades se permite la deducción de gastos imputados contablemente en período impositivo posterior al de devengo, si ello no implica una menor tributación en España o un diferimiento de la misma.
- El gasto ha de tener su origen en elementos patrimoniales cuya titularidad sea del contribuyente y que se encuentran afectos a sus actividades económicas.
- El gasto ha de ser necesario para la obtención de ingresos de la empresa.
Algunos gastos deducibles son los siguientes:
- Gastos de desplazamiento | Siempre que el viaje esté relacionado con tu actividad empresarial. Teniendo en cuenta que has de tener una hoja de gastos específica, donde se desglosen todos los gastos de las diferentes facturas.
- Vehículos| Se incluyen los vehículos y todos los gastos que están relacionados con ellos (mantenimiento, seguro, impuestos, …). Para que sean deducibles tienen que tener relación con la actividad de manera total, no pudiéndose usar estos vehículos para fines particulares.
- Cánones y arrendamientos | El alquiler de tu oficina, asistencias técnicas, arrendamiento financiero o leasing que no sean de terrenos, solares o activos no amortizables.
- Servicios de profesionales independientes | Pago a profesionales como abogados, auditores, notarios, etc.
- Cuota de asociación empresarial
- Adquisición de libros y asistencia a eventos | Siempre y cuando estén relacionados totalmente con la actividad.
- Gastos de difícil justificación | En estimación directa simplificada se desgrava un 5% de la diferencia entre ingresos y gastos.
Serán igualmente deducibles las contribuciones para la cobertura de contingencias análogas a las de los planes de pensiones, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
1. Que sean imputadas fiscalmente a las personas a quienes se vinculen las prestaciones.
2. Que se transmita de forma irrevocable el derecho a la percepción de las prestaciones futuras.
3. Que se transmita la titularidad y la gestión de los recursos en que consistan dichas contribuciones.
Gastos deducibles para autónomos
El régimen de autónomos presenta una tipología diferente en relación a los gastos deducibles que se pueden imputar y todos dependen, en gran medida, de la actividad en concreto que desempeñe el profesional.
Los gastos fiscalmente deducibles para aquellos autónomos en régimen de estimación directa, tanto en la modalidad normal como en la modalidad simplificada, coinciden en muchos aspectos con lo que corresponde a los gastos desgravables en el impuesto de sociedades. Aún así, hay que estar atentos porque pueden existir algunas diferencias.
Para los autónomos acogidos al sistema de módulos, la cuota a pagar es predeterminada y fija, y no depende de los gastos reales que finalmente tenga el negocio, por lo que no se pueden desgravar.
Los gastos deducibles que afectan a los autónomos dependen en gran medida de la actividad en concreto que desempeñe el profesional.
Los principales gastos deducibles para los autónomos son:
- Gastos que no exigen facturas| Hablamos de Pólizas de seguros, salarios y seguros sociales, la cuota de autónomos, gastos bancarios o los derivados de contratos mercantiles (traspasos de locales, fianzas de alquileres o escrituras de la constitución de una sociedad). Así como los impuestos y tasas municipales (IBI, tasa de basura, etc).
- Vivienda y suministros | Si trabajas desde casa, puedes descontarte la parte que corresponda a los suministros del espacio que utilizas, teniendo en cuenta los días y horas trabajadas. Hipoteca, agua, electricidad, teléfono, gas, Internet, etc.
- Desplazamientos, hoteles y viajes | La deducción es aplicable a los gastos de viajes profesionales, desplazamientos en transporte público y estancias en hoteles siempre que estén relacionados con tu actividad y tus ingresos.
- Vehículo | Solo los utilizados para el transporte de viajeros o mercancías como taxis, coches de autoescuelas, repartidores, transportistas o similar, pueden deducir el 100% de los gastos que generan. De resto, solo se podrán imputar los gastos si puedes demostrar que el vehículo se utiliza exclusivamente para trabajar.
En este artículo de Quipu, una de las herramientas tecnológicas que usamos en BIPLAZA, puedes encontrar una completa lista que gastos deducibles tanto para autónomos como para empresa.
Además, es conveniente que puedas conocer las ventajas de la transformación digital desde el punto de vista contable, para evolucionar de manera segura y saber los pasos a seguir dentro del proceso de implantación de este tipo de software.
Y para finalizar, si tienes dudas sobre algún tipo de gasto en específico que no hayamos recogido y deseas saber si es deducible o no, ponte en contacto con nosotros y analizamos tu caso de manera personalizada.
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